Reclameitor se casa en Perú: la reagrupación familiar

Tengo que decir que este artículo estaba pensado para mucho más adelante: pretendía quedarme indefinidamente en el Perú, como trabajador residente. Sin embargo, no he tenido tanta suerte buscando trabajo aquí (mi perfil no es demandado aquí) así que hemos acelerado los trámites para regresar a España.

Naturalmente, a España no vuelvo solo, sino que vuelvo con la mujer con la que me he casado. En el capítulo anterior, consideré como último capítulo de la historia la inscripción de mi matrimonio civil en Lima en el consulado español del Perú. Aunque los requisitos no son demasiado complicados, es claro que esta es la parte más difícil: en muchos casos hay entrevista para comprobar que el matrimonio es real y normalmente se tarda bastantes meses en disponer del libro de familia. En nuestro caso, fue cosa de algo más de un mes, y sin entrevistas.

La teoría es que, una vez inscrito el matrimonio en España, mi mujer pasa a tener casi los mismos derechos que un español, y en particular, tiene todo el derecho a residir en España. Por tanto, el trámite para hacer que viaje conmigo a España no debe ser complicado. Efectivamente es así. De hecho, la esposa peruana del español puede ir a España de dos formas:

  • Como turista,
  • Como residente, por reagrupación familiar.

El visado de turista (para cónyuge de español) es muy simple de obtener, es válido para 2 años y permite estancias máximas de 90 días por semestre (igual que cualquier otro visado de turismo). Se obtiene siguiendo estas instrucciones y se concede el visado en cinco días laborables, sin más trámite ni coste alguno.

El visado de residencia por reagrupación familiar (con cónyuge español) se obtiene siguiendo estas otras instrucciones. Nosotros preparamos la documentación y no tuvimos problema alguno. Eso sí, mis circunstancias hicieron que tuviese que consultar algunos aspectos, de modo que la documentación presentada fue la siguiente:

Por parte mía (el español, familiar reagrupante), tuve que presentar:

  • Una carta simple, dirigida al señor cónsul, solicitando la reagrupación familiar de mi esposa.
  • Una partida literal de nacimiento. Como las mías ya eran antiguas (las traje conmigo hace ocho meses) tuve que solicitar una nueva, hacer que la enviasen por correo a mi domicilio en Madrid y pedir a un familiar que la recogiese y me la reenviase por correo ordinario.
  • Una fotocopia de mi DNI. Aunque la piden “legalizada”, lo cierto es que es suficiente con una copia simple y presentarme yo con el original, para que la compulsen en el mismo trámite, sin coste alguno.
  • Certificado de baja consular. Como yo no estoy empadronado en España, sino dado de alta en el registro de matrícula consular, tuve que solicitar la semana anterior mi baja (mediante carta simple entregada en la ventanilla de españoles) y recoger al día siguiente mi certificado, que presentas luego como sustituto del certificado de empadronamiento español.
  • Fotocopias del libro de familia, junto al original (que es devuelto una vez cotejadas las copias). Si mi matrimonio hubiera cumplido los nueve meses, hubiera necesitado un certificado de matrimonio expedido por el registro civil central.

Por parte de mi mujer, el familiar reagrupable (peruano), tuvimos que presentar:

Una vez presentada la documentación, en la ventanilla 2 del consulado a las 10 de la mañana, nos sellan uno de los formularios de Schengen como resguardo y nos indican que podemos recoger el visado a los 5 días hábiles (es decir, una semana después). Mi mujer fue a recoger su visado a la semana, sin ningún tipo de incidencia. El visado tiene 90 días naturales para entrar en España, que comienzan a contar desde uno o dos días después de presentar los documentos para solicitarlo.

Fin de la historia, por tanto. Ahora mi mujer debe seguir los demás pasos al salir del Perú y entrar en España:

  • Empadronarse en Madrid, para lo que ya pedimos cita y lo haremos al día siguiente de nuestra llegada a España.
  • Solicitar la tarjeta sanitaria, para ciudadano sin recursos (ya que inicialmente no puede ser mi beneficiaria al estar yo sin trabajo en España desde hace más de 90 días). Esto implica solicitar previamente un número de la seguridad social para ella.
  • Solicitar la tarjeta comunitaria para familiar de ciudadano de la Unión Europea, con su NIE, para lo que solicitamos cita nada más llegar, y nos la dieron para algunos días después de que venza la visa. Esto no es un problema, quizás lo sea el que nos soliciten como prueba documental del matrimonio, un certificado que el Registro Civil central puede tardar hasta tres o cuatro meses en remitirnos. Ya veremos cómo acaba esto…

21 Responses to “Reclameitor se casa en Perú: la reagrupación familiar” »»

  1. Comentario by ubuntizando el planeta | 01/13/10 at 4:41 am

    en mi caso cuando tuve que solicitar el nie para mi esposa tambien me pidieron el certificado del reg civil. al final mi esposa encontro mas comodo regresar a lima, solictarlo desde el consulado y regresar con este a españa. resuelto.

    el reg central tardo exactamente 4 meses en enviarme el papelito, suerte que mi esposa regreso a lima y lo agilizamos asi.

  2. Comentario by Rocío | 03/03/10 at 11:02 pm

    Hola Juanjo! Siento que tengas que volver tan pronto (no sé si ya estás en España)…

    Me ha resultado sorprendente la facilidad de la reagrupación familiar, tenía entendido que para que el cónyuge peruano pudiera entrar a España, el español tenía que demostrar que tenía recursos económicos/ trabajo para hacerse cargo de su pareja en el país, pero por lo que veo no te pidieron nada de eso no? O me equivoco?

    Saludos y que todo salga bien!

  3. Comentario by Juanjo | 03/03/10 at 11:29 pm

    Hola Rocío

    Efectivamente, ya estamos aquí. No encontraba trabajo y aquí he tardado poco más de un mes. :-)

    Te cuento que efectivamente los requisitos de reagrupación familiar para cónyuges o hijos de españoles, son los que dice la página del consulado, y ni uno más. Por tanto, no se pide ni demostrar recursos económicos, ni antecedentes penales o médicos ni nada de eso.

    El cónyuge de un español tiene prácticamente todos los derechos que el español, y por tanto no puede tener esos impedimentos para entrar.

    Incluso, al menos en teoría, puede trabajar desde el primer día y pedir la nacionalidad española al año de residir. Sin embargo, en la práctica, la lentitud burocrática hará que sea difícil tener los papeles para trabajar hasta antes de 5-6 meses de entrar, y lo mismo para la nacionalidad. Pero en fin… derecho sí que hay ;-) algún abogado debería crujir al gobierno por incumplir su propia ley…

  4. Comentario by David | 04/20/10 at 4:41 pm

    Hola Juanjo! muchas gracias por la informacion que nos diste, junto con la pagina de insurgentes pude casarme aca en Lima con mi chica española. Solo te queria preguntar acerca de la carta de reagrupación familiar y si tuvieras un modelo disponible ya que tengo que presentarla pronto para obtener la visa. Muchas gracias por adelantado.

  5. Comentario by Juanjo | 04/20/10 at 7:27 pm

    David, la carta es bastante sencilla, y solo necesita que rellenes los datos y la firmes (es carta simple). Te dejo aquí el modelo que usé yo:

    http://dramor.net/archivos/blog/carta_reagrupa.pdf

  6. Comentario by Florentina | 09/03/10 at 2:49 am

    Hola Juanjo talves tu puedas ayudarme

    Aunq yo soy ecuatoriana tu me podrias recomendar algo

    me case en ecuador , mi esposo tiene la doble nacionalidad
    osea es ecuatoriano y español . Queremos solicitar la visa por reagrupacion familiar, ya q el vive en españa y yo necesito
    viajar alla .. Para eso me piden q inscriba el matrimonio …me dijeron q lo puedo hacer aca en ecuador en el consulado de españa ,, o alla en españa en el registro civil ..

    Mi pregunta es ?cuanto tiempo dura esa gestion de la inscripcion del matrimonio? ,,,,,y q seria mejor inscribir en el consulado de españa alojado en ecuador o en el registro civil de españa …..lo digo por el tiempo talves tarde mas en un lugar q en el otro …..

    ya q dicen q eso de la inscripcion se demora 2 años
    Por favor acepto recomendaciones de donde mismo inscribir el matrimonio …..para poder viajar lo mas rapido posible sin q demore tanto eso……

    graciasssssssssssssssssss de antemano

  7. Comentario by Juanjo | 09/03/10 at 7:45 am

    Para el caso de Ecuador debería ser similar al de Perú. La inscripción no debería tardar tanto, en Perú no supera los 6 meses (sobre todo si se hacen entrevistas a los contrayentes) y si no son necesarias las entrevistas, en un mes tienes el libro de familia.

    Es más fácil hacerlo en el consulado de España en Ecuador porque manejarán con más facilidad papeles ecuatorianos que en el registro civil central español.

    Una vez inscrito el matrimonio habrá que gestionar la reagrupación familiar, que es bastante rápida una vez tengas todos los documentos necesarios. Te recomiendo consultes foros y la web del consulado.

  8. Comentario by Frank | 06/09/11 at 2:42 pm

    Hola Juanjo soy de Ecuador me case con un ciudadano Español y pedi cita en el consulado de españa en guayaquil para pedir visa por reagrupacion familiar en regimen comunitario, pero el problema fue que me dieron cita para febrero del 2012, serian 8 meses de espera solo para presentar los papeles, mi esposo y yo estamos indignados por el tiempo de espera y el ya ha llamado y enviado un mail a la consul pero sin haber respuesta positiva, esta informandose para ver que mas podria hacer para hacer valer sus derechos como ciudadano español, ahora te pregunto a ti que nos sugieres que hagamos? Espero tu respuesta, muchas gracias, un saludo

  9. Comentario by Juanjo | 06/09/11 at 6:34 pm

    Hola, el caso de Ecuador no lo conozco. No es normal que tarden tanto en dar una cita pero, desde luego no se puede hacer casi nada. En Perú, por ejemplo, lo costoso es inscribir el matrimonio, pero el resto de procesos es bastante rápido. Si tu esposo reside contigo en Guayaquil, debería presentarse en persona en su consulado para intentar mediar, pero en cualquier caso si quieren dar la cita en 8 meses no puede hacerse nada. No hay ninguna norma que obligue a conceder la reagrupación en menos tiempo.

  10. Comentario by Frank | 06/14/11 at 5:50 pm

    Hola Juanjo he pedido la cita para pedir visa por reagrupacion familiar en regimen comunitario para reunirme con mi conyuge pero me la dieron para febrero de 2012, mi conyuge se ha comunicado con el Consulado de España en Guayaquil donde solicitamos la cita y con la Direccion General de Asuntos Consulares sin recibir noticias positivas, ahora mi pregunta es podre solicitar una visa de turista para renunirme con mi conyuge y no esperar tanto tiempo para vernos y en ese caso me tocaria presentar todos los justificativos y papeles que piden para una visa de turista a cualquier otra persona o con el simple hecho de haber pedido una cita para visa de reagrupacion familiar me la darian sin pedir tantos papeles, gracias por tu respuesta, saludos.

  11. Comentario by Juanjo | 06/15/11 at 7:41 am

    Hola … en Perú tenemos un visado Schengen para viajes de corta duración cuya concesión es inmediata siempre y cuando seas familiar de ciudadano de la UE, como es tu caso, cuyo coste es gratis:

    http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Lima/es/MenuPpal/visados/visados-corta-duracion-Schengen/Paginas/vcortaduracion_tasas.aspx

    Entendiendo que la existencia de este visado se debe a los derechos de los familiares de personas de la UE según la legislación española, en el consulado de Ecuador debería existir un visado similar. Recuerda, no es un visado de turismo sino un visado de corta duración cuyo objetivo es reunirte con el familiar. Probablemente necesites el libro de familia, mira los requisitos.

    En principio, como familiar de ciudadano español tienes derecho a que te informen en la ventanilla de atención a españoles (que son siempre más delicados por decirlo de algún modo) para lo cual tienes que acreditar ser familiar de español (o sea, llevar el libro de familia) y probablemente no necesites una cita (en Perú no era necesaria).

  12. Comentario by Frank | 06/15/11 at 6:40 pm

    Muchas gracias por tu respuesta Juanjo, otra inquietud que tenemos mi conyuge y yo, es que habiendome sido otorgado el visado Schengen obligatoriamente me tocaria regresar a mi pais para continuar con los tramites para la reagrupacion familiar en regimen comunitario? o podria tramitar estando en España? o como otro recurso pedir la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la EU para asi acreditar la situacion legal en España? Muchas gracias de antemano por tu respuesta, saludos.

  13. Comentario by Juanjo | 06/15/11 at 9:42 pm

    Creo que sí, los trámites de reagrupación se hacen en tu país. Siento que pongan tantas trabas… pero ese visado te permitiría por ejemplo reunir algunos documentos (además de ver a tu cónyuge) y regresar a Ecuador con ellos.

    En principio el visado temporal no te permite pedir la tarjeta de residencia ya que no puedes ser residente.

    Sinceramente, no entiendo por qué tardan tanto en dar las citas. Como cónyuge de ciudadano/a español tienes una serie de derechos y estos retrasos no son más que trabas para dificultar su ejercicio.

  14. Comentario by jorge | 07/13/11 at 7:54 pm

    buenas amigo,yo estoy en Peru,acaban de darme el visado de mi mujer ho6y mismo,lo que no entiendo es que me ponen de fecha del 13/07/11 al 08/01/12 y luego pone 90 dias,y la verdad me choca un poco,no llego a entenderlo.Dentro de dos semanas viajamos a españa y querria saber…….debemos ir a extranjeria y a sacr su numero de seguridad social como tu bien indicas.Pero yo quiero que ella se quede alli con residencia fija,eso es posible?y para cuando tendria derecho a la nacionalidad española?me imagino que ya estras informado de esto.
    Bueno un saludo y muchas graciaspor tu aportacion es increible que gente como tu ayude tanto,mas que la embajada que vaya tela lo mal que informan.

  15. Comentario by Juanjo | 07/14/11 at 9:57 am

    Hola Jorge:

    Las fechas que figuran en el visado son en principio las fechas en las que puede entrar tu mujer en Europa. Después, con el visado puede permanecer 90 días sin realizar más trámite.

    Por tanto no creo que tengáis problemas para entrar si lo hacéis en ese rango de fechas.

    Si tu visado es de reagrupación familiar UE/UEE, lo primero que tenéis que hacer es empadronar a tu mujer, luego lo de la tarjeta sanitaria (si queréis tener cobertura médica) y también pedid la cita para la tarjeta comunitaria. La cita os la darán como dos meses después, por lo que si podéis solicitarla ya desde Perú, mucho mejor.

    Además tenéis que ir al registro civil central (Madrid) a por un certificado de matrimonio, ahora os lo darán al momento siempre y cuando el consulado lo haya enviado ya a España. Si no lo ha hecho puede ser porque os hayáis casado hace menos que 9 meses, en ese caso podéis presentar el libro de familia.

  16. Comentario by jorge | 07/14/11 at 4:09 pm

    joder tio,eres increible tu pagina nos ha ayudado muchisimo,una pregunta donde se pide la cita para la tarjeta comunitaria?Nosotros llevamos casados un año,pero el matrimonio esta registrado solo desde hace 2 meses en el consulado de españa,asi que me imagino que no esta en el registro civil.
    Lo que no me queda muy claro es pq se va al registro civil¿para que?
    Luego yo soy de Valencia no se si podremos solicitar todo desde alli,y ya la ultima duda,¿que pasa si no tenemos todo echo aun antes de los 90 dias del passaporte?se tiene que ir de españa?se puede quedar mientras es el tramite?
    Muchas gracias por todo,voy a pedir cita para la tarjeta comunitaria pero la verdad que no se donde se pide y si debe ser en madrid o puede ser en valencia.gracias por todo.

  17. Comentario by jorge | 07/14/11 at 4:20 pm

    y otra pregunta una gran duda que debo de comprar los billetes de avion,mi mujer debe entrar a españa con un billete de ida y vuelta?o puede entrar con un billete solo de ida?como entrasteis vostros?tengo entendido q a veces no te dejan entrar pq no tienes billete de ida y vuelta,gracias.

  18. Comentario by jorge | 07/14/11 at 4:22 pm

    una ultima pregunta mi mujer debe entrar con un billete de ida y vuelta o puede comprar solo de ida,es que creo q a veces te piden que tenga que tener de vuelta,pero en nuestro caso no lo se.vosotros que comprasteis de ida o de ida y vuelta?gracias por todo

  19. Comentario by Juanjo | 07/14/11 at 9:52 pm

    Contestando a tus tres comentarios,

    La tarjeta comunitaria se consigue pidiendo una cita llamando a un 902, cuando llamas tienes que dar el número de pasaporte, nombre y teléfono de contacto (obviamente un número de España) y te dan cita para algo más de 2 meses después. No tengo el número, lo siento. En los ayuntamientos lo saben, así que te sugiero llames a información del ayuntamiento de Valencia y preguntes, ellos son los que nos dieron un papelito con el número donde llamar, donde hay que acudir el día de la cita, etc.

    Una vez que acudes con los documentso necesarios, te ponen un sello en un papel y ya no pasa nada si te caduca la visa, hasta que te den el carnet de residente. Es decir, que la cita tiene que ser antes de que caduque la visa, pero el carnet pueden tardar en darlo seis meses más.

    Al registro civil central tendrías que ir a por un certificado de matrimonio, pero en tu caso no es necesario por hacer 2 meses desde que te casaste (te vale el libro de familia).

    Sobre el billete de avión, no lo sé. Nosotros compramos billetes de ida y vuelta porque salían más baratos… tendrías que preguntarlo también, en este caso en el consulado.

    Suerte!

  20. Comentario by jorge | 08/12/11 at 11:11 am

    muy buenas juanjo,ya hemos llegado a españa llevamos dos dias en madrid y nos vamos a valencia,me gustaria que me dijeras cuales son los pasos a seguir.
    no tengo claro si primero hay que ir a empadronarse, o a por la tarjeta de extranjeria,o si da igual el orden.
    la cita de la tarjeta comunitaria la tenemos para el 5 de octubre,asi que tenemos tiempo.

    1ºduda:si primero tarjeta extranjeria o empadronamiento,o da igual el orden.
    2ºduda:cuando vayamos hacer la tarjeta comunitaria vale el libro de familia?o el certificado del registro civil central que no se si lo tendran para entonces.

    gracias y espero que todo te vaya bien,por cierto mi mujer tambien es peruana.

  21. Comentario by Juanjo | 08/12/11 at 8:39 pm

    Hola Jorge, enhorabuena por vuestro éxito! Entiendo que entrásteis con visado de reagrupación. Los pasos a seguir son los siguientes:

    - Empadronaros los dos en el sitio donde vayáis a vivir, en el ayuntamiento correspondiente.

    - Una vez hecho, tu mujer puede solicitar su tarjeta sanitaria para extranjero sin recursos, para lo que primero solicita un número de seguridad social en la oficina de la tesorería INSS correspondiente y posteriormente aporta un certificado del empadronamiento y su pasaporte junto al número de SS asignado, en el centro de salud correspondiente.

    - La tarjeta de residencia comunitaria se tramitará en la fecha de la cita que os han dado, pero no es conveniente que dejéis del empadronamiento, primero para que tenga derecho a la atención sanitaria, y segundo porque es obligatorio para todo residente en España, por lo que en teoría hay que empadronarse tan pronto se tiene un domicilio.

    - En vuestro caso, al tener menos de 9 meses de casados, os vale el libro de familia para tramitar la tarjeta comunitaria, no obstante si podéis pasaros por el registro central de Madrid (C/ Montera) un día a primera hora de la mañana para ver si os pueden facilitar un certificado de matrimonio (llevad el libro de familia). Si lo pueden hacer, os lo darán en el momento (ahora los tienen digitalizados), si no os lo pueden hacer es porque el consulado aun tarda unos meses en enviar los datos, pero recordad que para vuestro trámite de tarjeta comunitaria es suficiente con el libro de familia.

    Suerte y ánimo, porque lo que os queda por hacer es ya bastante fácil.

    Ah, y cuando llevéis un año de casados podéis solicitar la nacionalidad española. Nosotros lo hemos hecho ya, pero ahora estamos a la espera de la respuesta. En principio, los trámites a seguir no son muy complicados y espero escribir sobre ello pronto en el blog.

    Ya nos vais contando!!

Leave a Reply »»