Reclameitor se casa en Perú: la reagrupación familiar

Tengo que decir que este artículo estaba pensado para mucho más adelante: pretendía quedarme indefinidamente en el Perú, como trabajador residente. Sin embargo, no he tenido tanta suerte buscando trabajo aquí (mi perfil no es demandado aquí) así que hemos acelerado los trámites para regresar a España.

Naturalmente, a España no vuelvo solo, sino que vuelvo con la mujer con la que me he casado. En el capítulo anterior, consideré como último capítulo de la historia la inscripción de mi matrimonio civil en Lima en el consulado español del Perú. Aunque los requisitos no son demasiado complicados, es claro que esta es la parte más difícil: en muchos casos hay entrevista para comprobar que el matrimonio es real y normalmente se tarda bastantes meses en disponer del libro de familia. En nuestro caso, fue cosa de algo más de un mes, y sin entrevistas.

La teoría es que, una vez inscrito el matrimonio en España, mi mujer pasa a tener casi los mismos derechos que un español, y en particular, tiene todo el derecho a residir en España. Por tanto, el trámite para hacer que viaje conmigo a España no debe ser complicado. Efectivamente es así. De hecho, la esposa peruana del español puede ir a España de dos formas:

  • Como turista,
  • Como residente, por reagrupación familiar.

El visado de turista (para cónyuge de español) es muy simple de obtener, es válido para 2 años y permite estancias máximas de 90 días por semestre (igual que cualquier otro visado de turismo). Se obtiene siguiendo estas instrucciones y se concede el visado en cinco días laborables, sin más trámite ni coste alguno.

El visado de residencia por reagrupación familiar (con cónyuge español) se obtiene siguiendo estas otras instrucciones. Nosotros preparamos la documentación y no tuvimos problema alguno. Eso sí, mis circunstancias hicieron que tuviese que consultar algunos aspectos, de modo que la documentación presentada fue la siguiente:

Por parte mía (el español, familiar reagrupante), tuve que presentar:

  • Una carta simple, dirigida al señor cónsul, solicitando la reagrupación familiar de mi esposa.
  • Una partida literal de nacimiento. Como las mías ya eran antiguas (las traje conmigo hace ocho meses) tuve que solicitar una nueva, hacer que la enviasen por correo a mi domicilio en Madrid y pedir a un familiar que la recogiese y me la reenviase por correo ordinario.
  • Una fotocopia de mi DNI. Aunque la piden “legalizada”, lo cierto es que es suficiente con una copia simple y presentarme yo con el original, para que la compulsen en el mismo trámite, sin coste alguno.
  • Certificado de baja consular. Como yo no estoy empadronado en España, sino dado de alta en el registro de matrícula consular, tuve que solicitar la semana anterior mi baja (mediante carta simple entregada en la ventanilla de españoles) y recoger al día siguiente mi certificado, que presentas luego como sustituto del certificado de empadronamiento español.
  • Fotocopias del libro de familia, junto al original (que es devuelto una vez cotejadas las copias). Si mi matrimonio hubiera cumplido los nueve meses, hubiera necesitado un certificado de matrimonio expedido por el registro civil central.

Por parte de mi mujer, el familiar reagrupable (peruano), tuvimos que presentar:

Una vez presentada la documentación, en la ventanilla 2 del consulado a las 10 de la mañana, nos sellan uno de los formularios de Schengen como resguardo y nos indican que podemos recoger el visado a los 5 días hábiles (es decir, una semana después). Mi mujer fue a recoger su visado a la semana, sin ningún tipo de incidencia. El visado tiene 90 días naturales para entrar en España, que comienzan a contar desde uno o dos días después de presentar los documentos para solicitarlo.

Fin de la historia, por tanto. Ahora mi mujer debe seguir los demás pasos al salir del Perú y entrar en España:

  • Empadronarse en Madrid, para lo que ya pedimos cita y lo haremos al día siguiente de nuestra llegada a España.
  • Solicitar la tarjeta sanitaria, para ciudadano sin recursos (ya que inicialmente no puede ser mi beneficiaria al estar yo sin trabajo en España desde hace más de 90 días). Esto implica solicitar previamente un número de la seguridad social para ella.
  • Solicitar la tarjeta comunitaria para familiar de ciudadano de la Unión Europea, con su NIE, para lo que solicitamos cita nada más llegar, y nos la dieron para algunos días después de que venza la visa. Esto no es un problema, quizás lo sea el que nos soliciten como prueba documental del matrimonio, un certificado que el Registro Civil central puede tardar hasta tres o cuatro meses en remitirnos. Ya veremos cómo acaba esto…

7 Responses to “Reclameitor se casa en Perú: la reagrupación familiar” »»

  1. Comentario by ubuntizando el planeta | 01/13/10 at 4:41 am

    en mi caso cuando tuve que solicitar el nie para mi esposa tambien me pidieron el certificado del reg civil. al final mi esposa encontro mas comodo regresar a lima, solictarlo desde el consulado y regresar con este a españa. resuelto.

    el reg central tardo exactamente 4 meses en enviarme el papelito, suerte que mi esposa regreso a lima y lo agilizamos asi.

  2. Comentario by Rocío | 03/03/10 at 11:02 pm

    Hola Juanjo! Siento que tengas que volver tan pronto (no sé si ya estás en España)…

    Me ha resultado sorprendente la facilidad de la reagrupación familiar, tenía entendido que para que el cónyuge peruano pudiera entrar a España, el español tenía que demostrar que tenía recursos económicos/ trabajo para hacerse cargo de su pareja en el país, pero por lo que veo no te pidieron nada de eso no? O me equivoco?

    Saludos y que todo salga bien!

  3. Comentario by Juanjo | 03/03/10 at 11:29 pm

    Hola Rocío

    Efectivamente, ya estamos aquí. No encontraba trabajo y aquí he tardado poco más de un mes. :-)

    Te cuento que efectivamente los requisitos de reagrupación familiar para cónyuges o hijos de españoles, son los que dice la página del consulado, y ni uno más. Por tanto, no se pide ni demostrar recursos económicos, ni antecedentes penales o médicos ni nada de eso.

    El cónyuge de un español tiene prácticamente todos los derechos que el español, y por tanto no puede tener esos impedimentos para entrar.

    Incluso, al menos en teoría, puede trabajar desde el primer día y pedir la nacionalidad española al año de residir. Sin embargo, en la práctica, la lentitud burocrática hará que sea difícil tener los papeles para trabajar hasta antes de 5-6 meses de entrar, y lo mismo para la nacionalidad. Pero en fin… derecho sí que hay ;-) algún abogado debería crujir al gobierno por incumplir su propia ley…

  4. Comentario by David | 04/20/10 at 4:41 pm

    Hola Juanjo! muchas gracias por la informacion que nos diste, junto con la pagina de insurgentes pude casarme aca en Lima con mi chica española. Solo te queria preguntar acerca de la carta de reagrupación familiar y si tuvieras un modelo disponible ya que tengo que presentarla pronto para obtener la visa. Muchas gracias por adelantado.

  5. Comentario by Juanjo | 04/20/10 at 7:27 pm

    David, la carta es bastante sencilla, y solo necesita que rellenes los datos y la firmes (es carta simple). Te dejo aquí el modelo que usé yo:

    http://dramor.net/archivos/blog/carta_reagrupa.pdf

  6. Comentario by Florentina | 09/03/10 at 2:49 am

    Hola Juanjo talves tu puedas ayudarme

    Aunq yo soy ecuatoriana tu me podrias recomendar algo

    me case en ecuador , mi esposo tiene la doble nacionalidad
    osea es ecuatoriano y español . Queremos solicitar la visa por reagrupacion familiar, ya q el vive en españa y yo necesito
    viajar alla .. Para eso me piden q inscriba el matrimonio …me dijeron q lo puedo hacer aca en ecuador en el consulado de españa ,, o alla en españa en el registro civil ..

    Mi pregunta es ?cuanto tiempo dura esa gestion de la inscripcion del matrimonio? ,,,,,y q seria mejor inscribir en el consulado de españa alojado en ecuador o en el registro civil de españa …..lo digo por el tiempo talves tarde mas en un lugar q en el otro …..

    ya q dicen q eso de la inscripcion se demora 2 años
    Por favor acepto recomendaciones de donde mismo inscribir el matrimonio …..para poder viajar lo mas rapido posible sin q demore tanto eso……

    graciasssssssssssssssssss de antemano

  7. Comentario by Juanjo | 09/03/10 at 7:45 am

    Para el caso de Ecuador debería ser similar al de Perú. La inscripción no debería tardar tanto, en Perú no supera los 6 meses (sobre todo si se hacen entrevistas a los contrayentes) y si no son necesarias las entrevistas, en un mes tienes el libro de familia.

    Es más fácil hacerlo en el consulado de España en Ecuador porque manejarán con más facilidad papeles ecuatorianos que en el registro civil central español.

    Una vez inscrito el matrimonio habrá que gestionar la reagrupación familiar, que es bastante rápida una vez tengas todos los documentos necesarios. Te recomiendo consultes foros y la web del consulado.

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